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Nueva normativa europea sobre el traslado de residuos

El Reglamento sobre Traslados de Residuos ha vuelto a ser revisado en 2024, y en esta nueva versión pretende reducir el traslado de residuos problemáticos fuera de la UE, entre otros objetivos.

En este post del blog te contamos cuáles han sido las modificaciones del Reglamento de Traslados de Residuos de la UE y cuándo entra en vigor.

Modificaciones del Reglamento de Traslados de Residuos

El Reglamento de Traslados de Residuos pretende no solo reducir el traslado de residuos problemáticos fuera de la UE, sino actualizar los procedimientos de traslado para reflejar los objetivos de la economía circular y de la neutralidad climática, utilizar la presentación y el intercambio de información por medios electrónicos, mejorar el control del cumplimiento y hacer frente a los traslados ilícitos.

Además, establece medidas para garantizar que los residuos solo se trasladen a destinos en los que sean tratados adecuadamente de forma ambientalmente correcta.

Movimientos intracomunitarios

En los movimientos intracomunitarios, se seguirá aplicando la pre-notificación para finalización y residuos peligrosos.

En los movimientos de la lista verde, se aplica la misma normativa, es decir, la emisión del Anexo VII.

Este proceso se quiere automatizar, de forma que se elimine el papel y se pueda gestionar de manera electrónica. No obstante, el nuevo sistema electrónico de la UE para dicha gestión no entrará en vigor hasta mayo de 2026.

Exportaciones de residuos

Para las exportaciones de residuos, continúa la prohibición para los Estados miembros de exportar a terceros países residuos destinados a la eliminación, así como la prohibición de exportar residuos peligrosos destinados a la valorización a países no pertenecientes a la OCDE.

No obstante, para las exportaciones de residuos de la lista verde, cambiará la normativa actual y entrará en vigor a partir de mayo del 2027, lo siguiente:

Países de la OECD

Para los países pertenecientes a la OECD (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE en sus siglas en castellano) se continúa gestionando como se venía haciendo hasta ahora.

Países no dentro de la OECD

Se prohibirá la exportación hacia estos países, salvo que los mismos de oficio demuestren que cumplen con las normativas medioambientales. Las autoridades de los países que no formen parte de la OCDE serán los encargados de notificar su deseo de obtener residuos de la UE y deberán demostrar su capacidad para poder gestionar dichos residuos presentando los anexos pertinentes.

Todos aquellos que continúen queriendo transaccionar con Europa, deberán presentar ante la comisión la solicitud antes del 21 de mayo de 2025 ‘Request for Inclusion’ y se debe de enviar a env-waste-shipments@ec.europa.eu.

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